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Nómina

Qué pagar y qué reportar cada mes

Cuánto le debes al IHSS, al SAR, al INFOP y al RAP por tus planillas, hasta cuándo, y los archivos que Recibix te prepara para declararlo.


Cada planilla que procesas deja retenciones del empleado y aportes de la empresa que hay que pagarle a cuatro instituciones. Recibix los suma, te dice la fecha límite de cada uno y te prepara los archivos que esas instituciones piden. Presentar y pagar lo haces tú, en sus portales o en el banco: Recibix calcula, y tú revisas y respondes por lo que declaras (cláusula 9 de los Términos).

La tarjeta "Qué pagar"

En Recursos Humanos → Nómina, arriba del listado de planillas, aparece la tarjeta Qué pagar en (mes actual) con el total del mes y una fila por pago. Solo aparece cuando hay algo que pagar o que avisar.

Cada fila muestra la institución, el monto y la fecha límite. El color te avisa:

  • Rojo: ya venció ("Venció el …").
  • Ámbar: vence en 3 días o menos.
  • Gris: tienes tiempo.

Toca una fila para ver cuánto es retenido a los empleados y cuánto es aporte de la empresa, el plazo explicado, qué pasa si se atrasa y la ley de donde sale.

Solo suman las planillas procesadas. Si dejaste una en borrador, la tarjeta te la nombra aparte ("Sin procesar, y por eso fuera de la suma"). Un borrador olvidado es una planilla que nadie va a declarar: procésala o anúlala.

Los montos salen de lo que cada planilla guardó al procesarse. No se recalcula nada, así que cuadran con los recibos que entregaste.

Qué se paga y hasta cuándo

En el mes actual se pagan las planillas del mes anterior (IHSS, ISR e INFOP). El RAP va aparte, por planilla.

PagoQué incluyeFecha límite
IHSSEnfermedad-Maternidad e IVM del empleado y de la empresa, más Riesgos ProfesionalesEl día 10 del mes siguiente
SAR · ISR retenido (DMR)El ISR que retuviste a tus empleadosEl día 10 del mes siguiente; si cae sábado o domingo, el lunes
INFOPEl 1% patronalEl décimo día hábil del mes siguiente
RAPAportes del empleado y de la empresa, más la reserva laboral del 4%15 días calendario después de pagar cada planilla

Detalle de cada uno, tal como lo explica la app:

  • IHSS: "dentro de los diez primeros días del mes siguiente". El reglamento no aclara si son días hábiles o calendario, así que Recibix toma el plazo más corto. Base: Reglamento General de la Ley del Seguro Social, art. 144; Ley del Seguro Social, arts. 61 y 84.
  • ISR: se declara con la DMR, código 111 del SAR y se paga a más tardar el día 10 calendario del mes siguiente. Si en el mes devolviste ISR retenido de más (por ejemplo en el cierre del año o en una liquidación), la fila ya trae lo que se entera: lo retenido menos lo devuelto. Base: Ley de Eficiencia en los Ingresos y el Gasto Público, art. 35; Código Tributario, arts. 14.7, 160 y 163.
  • INFOP: dentro de los diez días hábiles siguientes al mes. Obliga a las empresas con más de 5 trabajadores, o con menos si el capital en giro es de L 20,000 o más. Base: Ley del INFOP (Decreto-Ley 10 de 1972), arts. 23, 24, 26 y 32.
  • RAP: quince días calendario desde que se pagó la planilla. Por eso sale una fila por planilla (la 1.ª quincena de este mes también vence este mes). La fecha supone que pagaste el último día del período; si pagaste antes, tu plazo vence antes. Base: Ley del RAP (Decreto 107-2013), art. 43, reformado por el Decreto 47-2024.

Las fechas son prudentes. Recibix solo salta sábados y domingos, no feriados ni asuetos. Si el plazo cae cerca de un feriado, el real puede correrse unos días más. Pagar en la fecha que ves nunca es tarde.

Si tu empresa no aporta al INFOP. Recibix le aplica el 1% a toda empresa con Nómina hasta que le digas lo contrario. Si tienes 5 trabajadores o menos y tu capital en giro es menor de L 20,000, activa Mi empresa no aporta al INFOP en Configuración → Empresa: el INFOP deja de calcularse y de aparecer en esta tarjeta.

El INFOP de una liquidación (sobre los décimos proporcionales y las vacaciones) se suma al del mes de la salida.

Impuesto vecinal

El impuesto personal municipal lo paga cada trabajador sobre lo que ganó el año anterior, y el patrono lo retiene en las planillas del primer trimestre (Ley de Municipalidades, art. 77). Están obligadas las empresas con 5 o más empleados; en el Distrito Central, todas.

  1. Actívalo en Configuración → Empresa → Retener el impuesto vecinal, elige el municipio y si se descuenta en las planillas de enero a marzo o de una vez en enero.
  2. Recibix calcula a cada empleado con la tabla de la ley, tramo por tramo, sobre lo que ganó contigo el año anterior (planillas, décimos y saldos de arranque). La cuota aparece sola en sus planillas, como un descuento más, y las cuotas cierran al centavo con el total.
  3. En Empleados → Impuesto vecinal ves la base, el impuesto y lo retenido de cada uno. Si alguien no tiene el año anterior completo en Recibix, escribe su ingreso real en Base a mano.
  4. Ahí mismo bajas la Declaración (Excel): la nómina de impuesto personal que presentas en la alcaldía a más tardar el 31 de marzo. El pago va en Qué pagar de abril, con vencimiento el 15 de abril.

Quien es docente de primaria se marca exento en su ficha. El mayor de 65 años (cumplidos al 1 de enero) que gana menos del mínimo exento del ISR queda exento solo. La exención del jubilado es sobre su pensión, no sobre el sueldo que le pagas: a él sí se le retiene. Si alguien se va antes de completar las cuotas, la liquidación le descuenta lo que falta.

Planillas de ajuste. Si hiciste un ajuste a una planilla de un mes ya declarado, la diferencia del IHSS y del INFOP sale como fila aparte, marcada para presentarse como rectificación de ese mes. Su plazo era el del mes original: va vencida y con recargo por mora. El ISR del ajuste va en la DMR del mes en que procesaste el ajuste, y su RAP vence 15 días después.

Detalle por empleado en Excel

Debajo de las filas está el botón Detalle por empleado (IHSS, RAP y SAR) en Excel. Es lo que cada institución te pide empleado por empleado. El archivo trae estas hojas:

  • IHSS: identidad, nombre, ingreso y salida si fueron en el mes, salario cotizable de EM y de IVM (con el techo aplicado), lo retenido al trabajador (EM 2.5%, IVM 2.5%), lo que aporta la empresa (EM 5%, IVM 3.5%), Riesgos Profesionales y el total. Marca a quien tuvo un ajuste.
  • RAP: identidad, nombre, salario ordinario, la base sobre el piso del RAP, aporte del trabajador 1.5%, aporte patronal 1.5%, reserva laboral 4% y total.
  • SAR 111: sigue la plantilla de la DMR. Lleva el RTN del empleado (casilla 2), la base mensual (casilla 44) y lo retenido (casilla 46), en celdas de texto como pide la guía. Solo salen los empleados a los que se les retuvo ISR. Las casillas 43 (ingresos proyectados anuales) y 45 (deducciones) van vacías: llénalas tú antes de cargarla.
  • Avisos (solo si hay algo que revisar): empleados sin identidad, empleados con ISR retenido pero sin RTN, y el ISR devuelto en el mes, si lo hubo.

Las plantillas del IHSS y del RAP no son públicas (están dentro de sus portales), así que esas dos hojas traen los datos que su formato pide para que los copies al suyo.

IHSS y RAP van por el mes de las planillas, con sus ajustes. El ISR va por el mes en que se declaró su retención, igual que en la tarjeta y en la constancia anual.

El TXT del RAP

El botón TXT para el RAP baja el archivo de la carga mensual de planillas del RAP: una línea por empleado con planilla en el mes y su salario ordinario, en el formato del instructivo del RAP. Sale con nombre rap-<número patronal>-<mes>-<año>.txt.

Antes de bajarlo:

  1. Escribe tu número patronal del RAP en Configuración → Empresa, sección Seguridad social (Número patronal RAP). Ahí mismo va el Local RAP, que por defecto es 1. Sin número patronal no hay archivo; la tarjeta te lo recuerda y te lleva a configurarlo.
  2. Revisa que cada empleado tenga su identidad de 13 dígitos en su ficha. El RAP rechaza el archivo completo si una sola viene vacía o incompleta, así que Recibix no lo genera y te dice a quién le falta.
  3. Para las altas del mes, el archivo lleva el teléfono y el correo del empleado si los tienes en su ficha. A los demás les pone 0 y N-A, como pide el instructivo.

El archivo se sube en el sistema del RAP; Recibix no lo envía por ti.

Avisar al IHSS altas, bajas y cambios de salario

Si en el mes anterior o en lo que va de este hubo movimientos de personal, la tarjeta muestra la sección Avisar al IHSS con la lista:

  • Alta: quién entró y cuándo. Se inscribe desde el primer día trabajado, por eso no espera al mes siguiente.
  • Baja: quién salió, su último día y la razón.
  • Cambio de salario: el nuevo monto y desde cuándo rige.

Tienes dos botones:

  • Copiar aviso: copia el texto listo, con tu razón social, RTN y número patronal del IHSS.
  • Enviar al IHSS: abre tu correo con el aviso dirigido a afiliacion@ihss.hn, con asunto y cuerpo armados. Recibix no lo manda: lo revisas y lo envías tú, porque el aviso va a tu nombre. Si el aviso es muy largo para abrirlo así, Recibix lo copia y te pide que lo pegues en el correo.

Si hubo altas, aparece además Formato de alta (PDF): el "Formato para alta" del IHSS con identidad, apellidos y nombres, puesto, salario con que entró (en su unidad: por quincena, por semana o por día) y la fecha de ingreso. Adjúntalo al correo.

Para que el aviso salga completo, escribe tu Número patronal IHSS en Configuración → Empresa → Seguridad social. Sin él, el PDF deja la raya para escribirlo a mano.

De dónde salen la fecha y la razón de la baja. Al desactivar a un empleado en Recursos Humanos → Nómina → Empleados, Recibix te pide la Fecha de salida y un Motivo (opcional); salen así en el aviso. Si al empleado se le hizo una liquidación, la razón es la causa legal de la liquidación. Sin motivo escrito, la razón queda como "Baja". A quien desactivas antes de su primer día no se le reporta baja.

Constancia anual de ISR por empleado

En Recursos Humanos → Nómina → Empleados, el botón Constancias de ISR genera la constancia de lo que cada empleado cobró en el año y el ISR que se le retuvo, mes por mes: ingresos gravados y exentos, IVM, RAP, ISR retenido e ISR devuelto.

La necesita el empleado que declara renta del 1 de enero al 30 de abril: el que tuvo otro patrono u otros ingresos, o el que pide la devolución de un ISR retenido de más (LISR art. 28). Por eso, de enero a abril el año que viene marcado es el anterior.

  1. Elige el Año.
  2. Elige un Empleado, o deja Todos (una por página) para imprimirlas juntas.
  3. Toca Descargar PDF.

Cada pago va en el mes en que declaraste su retención en la DMR, así que la suma del año cuadra con lo que el SAR tiene de tu empresa. Con Todos, salen también quienes dejaron la empresa en el año, con lo que se les pagó en su liquidación.

Lo que Recibix no hace

  • No presenta ni paga nada por ti. No entra a los portales del IHSS, del SAR, del INFOP ni del RAP. Te da los montos, las fechas y los archivos; la declaración y el pago son tuyos.
  • El IHSS no tiene archivo de carga en Recibix. Te damos la hoja IHSS del Excel para copiarla a su formato, el aviso de movimientos y el formato de alta en PDF.
  • No hay archivo de pago para el banco. El pago de salarios a tus empleados y el de las instituciones los haces desde tu banca en línea.
  • No hay formulario del INFOP: solo el monto y la fecha en la tarjeta.
  • No envía el correo al IHSS: lo abre en tu correo para que lo mandes tú.

Si usas la prueba de Nómina

Si probaste Nómina con Probar gratis y ya usaste las planillas de la prueba, el módulo queda en solo lectura: puedes seguir viendo "Qué pagar" y bajando estos archivos de lo que procesaste. Mira cómo funciona la prueba y cómo activarla en Nómina.